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La ley 24.901. Sistema de prestaciones basicas para personas con necesidades especiales.

AVISO: El contenido de este artículo y sus comentarios no reemplazan el asesoramiento legal por parte de un abogado

La ley 24.901, promulgada el 2 de diciembre de 1997, tiene por objetivo contemplar  acciones de prevención, asistencia, promoción y protección para brindar una cobertura integral a necesidades y requerimientos de personas con necesidades especiales. Esta ley determina que las obras sociales o en su defecto el Estado serán quienes estén obligados a dar cobertura total a las prestaciones enumeradas.

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La ley 24.901, promulgada el 2 de diciembre de 1997, tiene por objetivo contemplar  acciones de prevención, asistencia, promoción y protección para brindar una cobertura integral a necesidades y requerimientos de personas con necesidades especiales. Esta ley determina que las obras sociales o en su defecto el Estado serán quienes estén obligados a dar cobertura total a las prestaciones enumeradas.

Determina una cobertura integral en:  

Prestaciones de carácter preventivo.

“La madre y el niño tendrán garantizados desde el momento de la concepción, los controles, atención y prevención adecuados para su óptimo desarrollo físico-psíquico y social. En caso de existir además, factores de riesgo, se deberán extremar los esfuerzos en relación con los controles, asistencia, tratamientos y exámenes complementarios necesarios, para evitar patología o en su defecto detectarla tempranamente. Si se detecta patología discapacitante en la madre o el feto, durante el embarazo o en el recién nacido en el período perinatal, se pondrán en marcha además, los tratamientos necesarios para evitar discapacidad o compensarla, a través de una adecuada estimulación y/u otros tratamientos que se puedan aplicar. En todos los casos, se deberá contemplar el apoyo psicológico adecuado del grupo familiar” (art. 15)

Prestaciones de rehabilitación.

La ley entiende por prestaciones de rehabilitación aquellas que “mediante el desarrollo de un proceso continuo y coordinado de metodologías y técnicas específicas, instrumentado por un equipo multidisciplinario, tienen por objeto la adquisición y/o restauración de aptitudes e intereses para que un persona con discapacidad, alcance el nivel psicofísico y social más adecuado para lograr su integración social; a través de la recuperación de todas o la mayor parte posible de las capacidades motoras, sensoriales, mentales y/o viscerales, alteradas total o parcialmente por una o más afecciones, sean estas de origen congénito o adquirido (traumáticas, neurológicas, reumáticas, infecciosas, mixtas o de otra índole), utilizando para ello todos los recursos humanos y técnicos necesarios” (art.15)  

En todos los casos se deberá brindar cobertura integral en rehabilitación, cualquiera fuere el tipo y grado de discapacidad, con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera.  

Prestaciones terapéutico-educativas

“Se entiende por prestaciones terapéuticas educativas, a aquellas que implementan acciones de atención tendientes a promover la restauración de conductas desajustadas, adquisición de adecuados niveles de autovalimiento e independencia, e incorporación de nuevos modelos de interacción, mediante el desarrollo coordinado de metodologías y técnicas de ámbito terapéutico, pedagógico y recreativo” (art.16)  

Prestaciones educativas

Aquellas que desarrollan tecnologías de enseñanza – aprendizaje mediante programación sistemática diseñada acorde a las diferentes necesidades. Comprende tanto escolaridad como capacitación laboral.  

Prestaciones asistenciales

Cobertura de requerimientos básicos esenciales como vivienda, alimentación, atención especializada acorde a las necesidades y situación socio – familiar de la persona contemplando prestaciones alternativas al grupo familiar en el caso de ser necesario.  

Servicios contemplados:

  • Estimulación temprana
  • Educación inicial
  • Educación general básica
  • Formación laboral
  • Centro educativo terapéutico
  • Centro de día
  • Centro de rehabilitación psicofísica
  • Rehabilitación motora: tratamiento rehabilitatorio, provisión de prótesis, órtesis, ayudas técnicas
  • Atención odontológica integral
  • Sistemas alternativos al grupo familiar: hogares, pequeños hogares y residencias
  • Prestaciones de apoyo
  • Transporte  

Prestaciones complementarias:

  • Apoyo económico para la persona discapacitada y su familia por medio de beneficios y subsidios
  • Atención domiciliaria especializada – Iniciación laboral
  • Cobertura del costo total en medicación.  

La ley 24.901, cubre casi todas las áreas básicas de atención. No hace falta dictar más leyes que son redundantes y parciales, lo que sí hace falta es hacer cumplir esta ley que tiene ya más de diez años de vigencia y que abarca a todo un colectivo de personas con necesidades especiales en torno a educación y tratamientos.  

Lo que resulta necesario cambiar es la reglamentación de esta ley porque en muchos aspectos no contempla las necesidades de tratamiento de las personas con TGD. Por ejemplo, en las diferentes normas en las que se reglamenta la ley 24.901 y también en los diferentes decretos reglamentarios del Ministerio de Salud y demás disposiciones, no se contempla ni la cantidad de horas ni recursos de personal necesario para la atención de las personas con diagnóstico de autismo, especialmente en lo relativo a las intervenciones tempranas intensivas.

Tampoco es adecuado el nomenclador existente ni la organización de los centros tal como se pretende. Todo ese vacío normativo, lleva inevitablemente a tener que cubrirlo mediante los recursos de amparo, con el desgaste que ello implica.

Otro punto importante para revisar y que también se desprende de las disposiciones de esta ley, es el poder generar mecanismos ágiles para la habilitación de nuevos centros e instituciones, ya que los mecanismos actuales no se ajustan a la celeridad que debería darse frente a la ausencia manifiesta de centros especializados.

Tampoco existe desde el espacio público ningún servicio que contemple prestaciones para personas con diagnóstico de TGD que tengan sustento en evidencia científica actual.

Todo lo que ofrece el Estado son intervenciones parciales y deficitarias, desde el abordaje psicoanalítico, que tiene abrumadora evidencia científica como perjudicial en intervenciones para personas con diagnóstico de autismo.  

El dividir los esfuerzos y luchas en promulgar leyes que mencionen las diferentes etiquetas diagnósticas, y que son redundantes con leyes ya vigentes, para lo único que sirve es para dividir energías y promocionar políticos que no están compenetrados con las necesidades de tratamiento y cobertura de las personas con TGD.

Sería muy importante no perder tiempo, recursos, ni las ganas de las familias en movilizarse en un nuevo proyecto de ley, siendo que tenemos una ley, vigente desde hace más de diez años, y que contempla todas las necesidades. Hoy tenemos además, la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ley 26.378.

Lo fundamental sería, en principio, hacer cumplir las leyes que ya tenemos y también lograr que su reglamentación sea la adecuada y ajustada a las necesidades de los tratamientos con probada evidencia científica para las personas con diagnóstico de TGD.

Todas las normativas vigentes relacionadas con las misiones y funciones del Servicio Nacional de Rehabilitación, así como también legislación de interés para las personas con discapacidad, su familia y los prestadores de servicios de atención, consultar en la página del Servicio Nacional de Rehabilitación.

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163 respuestas a «La ley 24.901. Sistema de prestaciones basicas para personas con necesidades especiales.»

  1. Prestadores
    Hola, tengo un hijo de 4 años que tiene tgd, tengo certificado de discapacidad y obra social. He probado 2 médicos neurólogos de la cartilla y no me gusto el servicio; desde febrero del 2010 se atiende en fundación favaloro y desde entonces no quieren cubrirme la consulta neurológica y lo mas contradictorio es que me aceptan todo lo que dice el medico menos la consulta. Que puedo hacer??
    Gracias

  2. coberturas-reintgros
    TENGO LA PREPAGA GALENO Y DESREGULARICE CON OSPACA(OBRA SOCIAL PERSONAL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO),A SU VEZ, TENGO MI NENE DE 3 AÑOS CON TGD DIAGNOSTICADO POR EL PEDIATRA DE GALENO.LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:YA TENGO EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD,QUIEN DEBE AFRONTAR EL COSTO DE LA PROFESIONAL(MUSICOTERAPIA Y ESTIMULACION TEMPRANA)QUE HOY ATIENDE A MI HIJO,QUE ESTA FUERA DE LA CARTILLA DE GALENO,LA CUAL HOY ESTOY ABONANDO EN FORMA PARTICULAR,GALENO O OSPACA?
    EN GALENO, ME MANDAN A RECLAMARLE A OSPACA,Y ALLI,NO ME QUIEREN REINTEGRAR LA TERAPIA,Y TAMPOCO ME QUIEREN DAR POR ESCRITO LA NEGATIVA POR LA CUAL NO ME CUBREN EL TRATAMIENTO.

  3. consulta
    Hola buenas tardes mi consulta es porque tengo a mi hija que tiene certificado de discapacidad,ella tiene retraso madurativo y su neurologa me pidio que la lleve a jardin maternal como tratamiento de su enfermedad,quiero saber si la obra social se tiene que hacer cargo de la cuota ya que es privado y otra que donde vivo no hay instituciones especiales para nivel inicial,espero su respuesta muchas gracias.

  4. Asistente domiciliario
    Hola , soy mamá de agustín con síndrome de down y epilepsia refractaria. Tiene 8 años. Quisiera saber cuánto se le paga la hora a la asistente domiciliaria. El año pasado me pusieron como tope $35 y ahora $40.
    Gracias

  5. Maestra integradora
    Hola
    quisiera saber cuanto cobra una maestra integradora en forma particular, ella asiste al colegio de 8 a 12:30 hs y si hay que pagarle las vacaciones de julio

  6. TCC no reconocido en su toralidad por OSDE
    Buen día, mi hija tiene TGD, posee certificado de discapacidad y cuento con OSDE como obra social. Hasta el año pasado ha reconocido la terapia cognitivo conductual por un servicio externo en un 100%. Para el 2012 solo reconoce un porcentual por reintegro, mencionando lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 24901, ofreciendo sus propios prestadores. La consulta es si la modificación del art6 ya se encuentra vigente, si es correcto el actuar de la obra social y si tengo alguna opción a tomar considerando que ha reconocido la prestación en su totalidad durante 4 años.

  7. integracion escolar la inspectora niega a la maestra integradora
    hola te queria consultar a que puedo apelar ya que mi hijo tiene tgd la neurologa le envia integracion escolar con maestra integradora de lunes a viernes las 4 horas que el va al jardin milagrosamente no tengo problemas con la prepaga me habilitaron todo la maestra es de una institucion y no de una escuela especial el caso es que la inspectora del jardin no quiere aceptar la integracion por no pertenecer a una escuela especial el tema es que las escuelas especiales no cubren el tiempo que pide la neurologa solo la mandan una ves y quiere que vaya a la escuela especial y segun los profesionales a cargo fono psicopedagoga neurologa y demas dicen que no es necesario en este momento, que puedo hacer no le pueden negar la integracion la maestra integradora ya empezo a trabajar con el y hay muchos avances !!!

  8. consulta sobre cobertura de obra socoal ioma
    hola!!! tengo una hija con sd y va a un jardin comun privado esta super bien estimulada los informes del jardin son practicamente los de una niña sin ningun tipo de problemas realmente es una maravilla como la manejan y como la estimulan pero tenemos un pequeño problema con la obra social ioma no nos quiere cubrer el jardin yo el año anterior lo pague pero este año se me hace muy dificil ya que mi marido se quedo sin trabajo mi pregunta es la siguiente: ioma le tiene que cubrir por ley el jardin donde ella concurre y ya esta adaptada todos me dicen que si esto es verdad? espero una respuesta lo antes posible muchas gracias

  9. consulta sobre cobertura de obra socoal ioma
    hola!!! tengo una hija con sd y va a un jardin comun privado esta super bien estimulada los informes del jardin son practicamente los de una niña sin ningun tipo de problemas realmente es una maravilla como la manejan y como la estimulan pero tenemos un pequeño problema con la obra social ioma no nos quiere cubrer el jardin yo el año anterior lo pague pero este año se me hace muy dificil ya que mi marido se quedo sin trabajo mi pregunta es la siguiente: ioma le tiene que cubrir por ley el jardin donde ella concurre y ya esta adaptada todos me dicen que si esto es verdad? espero una respuesta lo antes posible muchas gracias

  10. Obra Social Provincia san Juan
    Hola! soy mama de Trini con Esclorosis tuberosa, tiene certificado de discapacidad. Nuestro gran problema es que la Obra Social Provincia de San Juan no contempla la discapacidad. Está adherida de «palabra» pero al ser un ente autártico no se hace responsable…ya hemos hecho todo tipo de recursos…y por decreto se han negado….que podemos hacer, donde o con quien denunciamos esta discriminación. Gracias`!!!

  11. Hola Quiero saber cuanto
    Hola Quiero saber cuanto cobra un licenciado en psicología por un acomp terapeutico a un niño con TGD por nomenclador!Muchas gracias

  12. Problemas con OS
    Buenas tardes, tengo mi niño de 4 años con autismo.
    Logré que la obra social me cubra el tratamiento interdisciplinario en consultorio (cognitivo conductual, terapia ocupacional, fonoaudiología), ahora que estoy enviando la documentación para que me aprueben la maestra integradora, para su onserción en el jardín me la rechazan porque la maestra especial que lo acompañaría es la misma profesional que en consultorio realiza la terapia cognitiva conductual, y según ellos, una misma persona no puede desempeñarse en diferentes actividades.
    Se presentaron los planes de trabajo y objetivos a cumplir para cada actividad a efectos de dejar bien en claro la diferencia que existe entre cada una, pero siguen insistiendo con la incompatibilidad.
    Cuando les pregunto en que se basan para determinar dicha incompatibilidad no me dicen nada, solo que es incompatible, y el caso es que en el lugar donde vivo esta persona es la mas calificada para llevar adelante esta tarea, ademas de haber generado un vinculo muy importante con mi hijo que hace que el responda favorablemente hacia ella.
    ¿Como se puede hacer para que destraben este tema?
    Desde ya muchas gracias.

  13. TGD
    Tengo el problema de tener Swiss Medical por intermedio de OSTVLA quien recibe mis aportes y los deriva a la prepaga. el tema es que cuando presente en octubre de 2011 el certificado de discapacidad en la prepaga, me pidieron una lista de papeles de 1 Km de largo para empezar a cubrir las terapias de mi nene, se tomaron hasta fines de febrero para indicarme que no se van a hacer cargo de la cobertura que le corresponde a OSTVLA que es la obra social, por lo tanto mandaron la documentación presentada a la Obra social para su estudio. En resumen desde que empezamos las terapias no he recibido ni un peso ni de la prepaga ni de la obra social,la pregunta es: tengo que iniciar acciones, siempre son asi

  14. reintegros por gastos de comida, traslados, guarda de maletas.
    segun ley 24.901, se contemplan las atenciones a los especialistas especificos en t.g.d. en otras prov. pero no especifica los medios como reintegros ? como asi tambien las diferencias en pesos de consultas. Saludos Cordiales
    Rosana

  15. consulta
    Tengo una nena de 12 años con discapacidad (sindrome de asperger), necesito hacerle el tratamiento de ortodoncia. En la obra social me dicen que no se lo cubren, yo quisiera saber si me lo tienen que cubrir al 100% como cualquier otra prestación por discapacidad o está bien lo que me dicen. Ella tiene el certificado de discapacidad y está declarado en la obra social. Muchas gracias!

    1. Hola, a mi me dijeron que la
      Hola, a mi me dijeron que la obra social tiene derecho a cubrirte al 100% a lo que viene a ser el tratamiento por discapacidad. Osea ortodoncia no está incluido en el tratamiento, es algo aparte, no es una discapacidad tener los dientes mal, no se si me explico. Otro ejemplo son los audífonos en un chico sordo. Eso sí tiene que estar incluido porque es parte de su discapacidad. Espero haberte servido de ayuda, un beso!

  16. tgd
    tengo mi nena con TGD y me tuve que afiliar a una obra social (opte por OSECAC) por monotributo, para obtener cobertura para el tratamiento pero me dicen que tengo carencia de 6 meses para cualquier tratamiento y que no cubren maestra integradora o acompañante terapeutico… como se hace?? es asi ?? si no donde me puedo asesorar? porque si no lo cubren el gobierno la otorga pero tiene demora de 1 año, y no hay que tener ningun tipo de cobertura…. y mientras tanto tu hijo sin nada…
    desde ya muchas gracias

    1. Hola. A mi me pasó lo mismo.
      Hola. A mi me pasó lo mismo. Pero no te piden 6 meses solo por tu nena, para tus cosas también. Por ejemplo para internación al 100% necesitas tener 6 meses de antigüedad. Fijate que cuando te diste de alta te hicieron firmar un reglamento. Ahí dice las cosas que cubren o no, a los monotributistas. Lamentablemente hay que esperar 6 meses (mejor dicho 7, porque te piden los tickets de pago de 6 meses «anteriores» al mes que pedís el tratamiento). Un beso!!

  17. como consigo el procesador con la mutual en forma urgent….
    Tengo a mi hija que es hipoacusica,esta implantada en su oido derecho desde el 2005,hace 4 dias tenia que hacerce la calibracion de su implante y noa encontramos con el procesador roto,que debo hacer para que la mutual osecac se haga cargo en forma urgente de la compra del mismo.Realice tramites en julio del 2011 por el cambio pero no tuve respuesta y esto es urgente mi hija depende de eso para hacer una vida normal si se puede decir.

  18. Cobertura
    Hola Lis! tengo una hija de 2 años y medio con hipoacusia bilateral, baja de vision, Retrasos madurativos, y la obra social no me quiere cubrir la terapia ocupacional, porque dice que los niños menos de 3 años no pueden hacer terapia, ni estimulacion visual ni auditiva, que solo puede hacer Estimulacion Temprana. esto es asì?
    Desde ya muchas gracias!

  19. reintegro
    soy de comodoro rivadavia mi hija esta q cumple 5 años,le hacemos los controles medicos en buenos aires,una vez por año tiene certificado de discapacidad ,los medicos q la atienden no estan en cartilla nos reintegran un 40% solo de las atenciones neurologo,endocrinologo,estim.visual,y oftalmologo ya reclame muchas veces y no he conseguido nada,nuestros viajes son solo una vez al año,solo pagan hotel y algun transporte,la comida ya no!!,por que su respuesta fue si estamos en casa comemos igual,la verdad una verguenza,mas alla de eso tenemos un plan oro!!!creo yo que no estamos solicitando nada que no le corresponda a nuestra pequeña,desde ya muchas gracias!!espero respuesta

  20. reintegro
    soy de comodoro rivadavia mi hija esta q cumple 5 años,le hacemos los controles medicos en buenos aires,una vez por año tiene certificado de discapacidad ,los medicos q la atienden no estan en cartilla nos reintegran un 40% solo de las atenciones neurologo,endocrinologo,estim.visual,y oftalmologo ya reclame muchas veces y no he conseguido nada,nuestros viajes son solo una vez al año,solo pagan hotel y algun transporte,la comida ya no!!,por que su respuesta fue si estamos en casa comemos igual,la verdad una verguenza,mas alla de eso tenemos un plan oro!!!creo yo que no estamos solicitando nada que no le corresponda a nuestra pequeña,desde ya muchas gracias!!espero respuesta

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